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Patrimonio natural de la humanidad, qué es y ámbito normativo

Patrimonio natural
F Delventhal/CC BY 2.0

El título de patrimonio natural, de la humanidad o patrimonio mundial, es una denominación otorgada por la UNESCO a diversos sitios mundiales que gozan de una distinción relevante para la humanidad.

Esta importancia que radica en el bagaje histórico, natural cultural o arquitectónico, es un legado que le queda a las generaciones futuras y por ese motivo se protege mediante un régimen especial. Al ser declarado patrimonio natural, se le imponen ciertos parámetros que deben ser cumplidos, no solo para su trato en adelante sino para que no sea retirara la condición de tal declaración.

Organismos, toma de decisiones y otorgamiento del título

Las decisiones son tomadas por el comité del patrimonio de la humanidad en el ámbito de la UNESCO, el cual se encuentra compuesto por los Estados miembros elegidos mediante una asamblea general.

La UNESCO es la encargada principal de otorgar el título y es una distinción emitida en el marco del aporte que determinados lugares hacen a la población mundial. Esta decisión la toman a partir del consenso entre los Estados miembros, quienes, a través de deliberaciones postulan a los sitios, logran las nominaciones y luego la denominación de aquellos destacados sitios.

Los que logran obtener la distinción o declaración de patrimonio natural se basan en la relevancia que los mismos posean para la humanidad, de acuerdo con lo manifestado anteriormente. Todas las decisiones son tomadas por el Comité del Patrimonio de la Humanidad, en el ámbito de la UNESCO a través de las sesiones de los Estados miembros, elegidos mediante una Asamblea General.

Si bien es muy variada las posibles nominaciones y categorías a incluir en la la lista de nominados, y que luego se convertirán en posibles portadores del título de patrimonio natural o patrimonio de la humanidad, es necesario aclarar que en este listado se puede incluir cualquier construcción natural o artificial, un dique, unas ruinas, una obra arquitectónica y eventualmente un barrio o ciudad.

Claramente, además del objetivo principal de preservación, se le imponen ciertas condiciones y a efectos en cuanto su correcto resguardo. Los sitios mencionados pueden obtener financiación del fondo para la conservación del patrimonio natural.

Antecedentes normativos

El antecedente inmediato para los lugares destinados a ser patrimonios naturales fue la Convención para la Cooperación Internacional en la Protección de la Herencia Cultural y Natural de la Humanidad. Luego, este instrumento normativo fue adoptado posteriormente por la Conferencia General de la UNESCO, convirtiéndose en la famosa Convención de 1972, y que fuera adoptada el 16 de noviembre de ese mismo año.

Los Estados miembros son parte de una férrea e interesante comunidad dedicada a transformar espacios comunes sin denominación en parte del patrimonio común de la humanidad, y entre sus objetivos figuran la identificación y protección de las diversas formas que puede adquirir el patrimonio natural, en una misión conjunta a efectos de su correcta identificación, posterior designación y un trabajo de por vida en su cuidado, respecto y manutención.

En este sentido, la Convención precitada une los conceptos de conservación con el de la preservación de los espacios culturales, pujando porque las normas de los diferentes estados tiendan a la promoción de estos sitios de interés, tendiendo a que no solo sean fuente de recursos turísticos sino también de cuidado, de concientización, de educación, de reflexión, especialmente en aquellos casos en donde el lugar recuerda a algún acontecimiento histórico de relevancia.

Por otro lado, al reconocerlos como espacios protegidos, no debemos perder de vista que los grandes desafíos contemporáneos permiten muchas veces especular con la denominación o no de un espacio, y que eso genere un poco de especulación al respecto. Pensemos por un momento que en el caso de que por ejemplo un país posea 10 sitios que sean patrimonio natural de la humanidad, posiblemente el caudal de turismo sea mayor que en lugares en donde la suma de estos factores sea igual a cero.

Por lo tanto, debemos tener mucha cautela y consideración para que esta denominación no sea solo una del tinte político en donde haya intereses creados, sino que genuinamente sea en base a la protección de sitios de alto contenido histórico y relevancia para la gente que habita y que lo visita.

Por supuesto, esta aclaración es válida ya que por más que estos sitios sean declarados de interés de la humanidad, o patrimonio natural del mundo, pertenecen al país donde se localizan, pero son de sumo interés para el mundo en general, y deben ser conservados para las generaciones futuras.

El patrimonio natural en España.

España está tercero en la lista de países con más sitios declarados de interés por la UNESCO. La cantidad de lugares declarados como tales abarcan construcciones, que pueden consistir en edificios, en ruinas hechas por la naturaleza, paisajes, áreas intervenidas sea por la acción del hombre o por la mera acción de la naturaleza.

Algunos de esos sitios son, el Palacio de la Alhambra, la Torre de San Martín en Teruel, Park Güell en Barcelona, las diferentes obras de Gaudí que habitan en Cataluña y otros edificios que, por su contribución única al desarrollo de la arquitectura, forman parte desde 1984 de la lista del patrimonio de la humanidad de la UNESCO.

Como podrás apreciar, hay mucho por descubrir, no solo en España, ¡sino también alrededor del mundo! Mientras planeas tu viaje puedes visitarlas virtualmente a través de internet o investigar sobre ellas para que el día que las conozcas solo tengas que perder tiempo admirándolas.

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